LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE CUARTA CATEGORIA EN EL 2010 Imprimir
Escrito por El eco del contador   
Martes, 12 de Enero de 2010 13:52

LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE CUARTA CATEGORIA EN EL 2010


El nuevo marco normativo dispuesto por la Ley del Impuesto a la Renta dispone que las rentas de cuarta categoría se encuentren comprendidas dentro de los alcances de las Rentas del Trabajo.La imputación de este tipo de rentas se desarrolla bajo los alcan ces del criterio de lo “percibido”, es decir cuando la retribución sea pagada a la persona natural. Queda claro que bajo ese contexto y en aplicación de lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 5 del Reglamento de Comprobantes de Pago, el comprobante
(recibo por honorario deberá emitirse “al momento en que la persona natural perciba la retribución” situación que debe configurar en sus Libro de Ingresos y Gastos, así como en su declaración mensual PDT 616 -Trabajadores Independientes.
Mediante resolución de superintendencia por publicarse en estos días, SUNAT establecerá los importes que deben considerar los contribuyentes para efectos de contemplar la obligatoriedad de aplicar las retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de cuarta categoría en el ejercicio 2010.Ver informe completo en nuestro web site:
http://www.tributacionperu.com/blog/?p=278
Acuerdo Plenario Nº 02-2009/CJ-116 de la Corte Suprema sobre Regulación Tributaria
fuente:http://tributacionperuamatos.blogspot.com/